Responsables Institucionales de Protocolo General para la Prevención y Sanción de las Conductas de Acoso Sexual, Abuso Sexual, Discriminación y Maltrato, período 2024-2026
La Ley N° 21.197 contra el Abuso Sexual, Acoso Sexual, Discriminación y Maltrato en actividad deportiva nacional estableció el deber de contar con un “Protocolo contra el Acoso Sexual, Abuso Sexual, Discriminación y Maltrato en la Actividad Deportiva Nacional”, el que se aprobó mediante Decreto Supremo N° 22 de 2020, del Ministerio del Deporte.
El objetivo de este mandato legal, exige el establecimiento de un nuevo estándar de seguridad para la práctica de la actividad deportiva en nuestro país. La construcción de este estándar, cuya finalidad es proteger a las y los deportistas y a la comunidad deportiva en su conjunto de conductas vulneratorias, constituye un paso fundamental para avanzar en la construcción de un deporte más seguro, mediante la prevención y sanción de dichas conductas.
Igualmente, la ley del deporte, establece que “Las organizaciones deportivas, en el momento de optar a beneficios o recursos públicos de cualquier naturaleza u origen, deberán acreditar haber adoptado el Protocolo elaborado por el Ministerio del Deporte para la prevención y sanción de las conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato”.
La Asociación Lúdica, Deportiva, Cultural y Social Juglares adoptó el Protocolo en su 3.° Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 20 de diciembre de 2024, ocasión en que además fueron nombrados los Representantes Institucionales.
Leandro Rivas González
Responsable Institucional Titular
Contacto: leandro.rivas@juglares.org
María Fernanda Román Soto
Responsable Institucional Suplente
Contacto: fernanda.roman@juglares.org
Correo electrónico
Directorio: directorio@juglares.org
Presidente: rafael.morales@juglares.org
Secretario: diego.grez@juglares.org
Tesorero: cristian.reis@juglares.org
Comisión de Ética: etica@juglares.org
Comisión Revisora de Cuentas: revisora@juglares.org
Responsables institucionales Protocolo contra Acoso: resprotocolo@juglares.org
Reglamento: el antecedente del protocolo
La organización tiene como antecedente el Reglamento para la Prevención y Sanción de las Conductas de Acoso Sexual, Abuso Sexual, Discriminación y Maltrato, que fue adoptado por la Asociación Juglares el 26 de octubre de 2023, en subsidio del Protocolo General de igual nombre, del Ministerio del Deporte, para prevenir y sancionar las conductas allí prescritas entre sus trabajadores, dirigentes, socios y demás personas vinculadas directamente a la institución.
El reglamento establecía la creación del cargo de Responsable Institucional del Reglamento, encargado de la aplicación de los procedimientos de intervención establecidos en dicha norma, cargo que debe recaer sobre dos o más personas naturales, mayores de edad, quienes lo ejercerán en calidad de titular y suplentes de conformidad a un orden preestablecido, debiendo considerarse siempre en su nombramiento, las aptitudes y perfil personal y profesional para ejercer adecuadamente la tarea asignada. La forma de su nombramiento, duración del cargo y sus funciones específicas se regulan en el Capítulo III del Reglamento.
Los responsables institucionales, en calidad de titular y suplente, fueron designados por el Directorio en su 6.° sesión ordinaria celebrada el 26 de octubre de 2023, por un período de dos años, de acuerdo al artículo 11.° del Reglamento, aprobado en esa misma reunión. Con la adopción del Protocolo de la misma materia, en la 3.° Asamblea General Extraordinaria del 20 de diciembre de 2024, se derogó de pleno derecho el reglamento.
Contenido del reglamento derogado
El reglamento establece medidas para prevenir y sancionar conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la Asociación Lúdica, Deportiva, Cultural y Social Juglares. Reconoce la importancia de proteger a los deportistas y demás miembros de la organización, promoviendo un ambiente seguro y respetuoso, basado en la Convención de Derechos del Niño, la igualdad de género y el respeto a la dignidad.
Las disposiciones generales del reglamento abarcan el ámbito de aplicación, los principios rectores del mismo, el marco conceptual de las conductas vulneratorias y las reglas para su adopción. También se establece la necesidad de difundir el reglamento entre los miembros de la asociación y la implementación de políticas institucionales contra las conductas lesivas.
El segundo capítulo detalla medidas preventivas, educativas y de difusión. Esto incluye la obligación de difundir el reglamento, la creación de políticas institucionales contra las conductas vulneratorias, la constitución y funcionamiento de órganos de disciplina interna, requisitos para el personal y los espacios físicos e instalaciones deportivas, entre otros aspectos.
El Directorio tiene la responsabilidad de disponer de profesionales (psicólogos y abogados) para brindar protección y asesoría a las víctimas, así como implementar medidas educativas y de información, como cursos de formación con perspectiva de género sobre la prevención y sanción de dichas conductas.
Además, se establece la obligación de denunciar conductas que puedan constituir delitos ante el Ministerio Público y se enfatiza la importancia de la colaboración y el respeto a los derechos de todas las partes involucradas en los procedimientos sancionatorios.
Reglamento para la Prevención y Sanción de las Conductas de Acoso Sexual, Abuso Sexual, Discriminación y Maltrato
Política Institucional contra las Conductas de Abuso Sexual, Acoso Sexual, Discriminación y Maltrato
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